lunes, 3 de diciembre de 2012

Sin fronteras

Pensión alimenticia, una obligación sin fronteras

El pago de las pensiones alimenticias a los hijos o excónyuges puede tener complicaciones cuando uno de los padres -o ambos- residen en el extranjero. En este sentido, las leyes europeas contemplan mecanismos para facilitar los medios de pago y evitar los casos de impago.
Sábado, 1
UNAS 875.000 parejas se separan cada año y casi 170.000 de ellas están formadas por personas de distinta nacionalidad. La cuestión jurisdiccional en estos casos afecta de diversas maneras a un gran número de ciudadanos en toda Europa. Las visitas deben pautarse de manera programada y organizada, ya que demandan más tiempo y dinero, y las transferencias por pagos de pensiones alimenticias tendrán un coste adicional, según el país de residencia forme parte de la Unión Europea o sea un país tercero.
Pero, además de lo práctico, se suma la cuestión de las competencias judiciales. Apercibimientos por impago, intervención de los juzgados, embargos o acceso a las decisiones judiciales del país donde se realizó el divorcio son algunas de las cuestiones que se deben resolver cuando una de las partes vive en el extranjero. Según qué países estén implicados, los padres divorciados cuentan con distintos beneficios y suerte dispar.
De hecho, cuando el lugar de residencia de los excónyuges no pertenece a la Unión Europea (UE), la situación es más desventajosa y onerosa. Sin embargo, la firma reciente de un convenio internacional, que entrará en vigor en 2013, extiende los beneficios más allá de los límites de los 32 estados.
Los matrimonios y divorcios internacionales más comunes en la UE se dan entre personas de países vecinos o con estrechos vínculos culturales. La propia integración regional del bloque europeo garantiza a los ciudadanos una serie de mecanismos que facilitan sobrellevar la situación de ruptura del núcleo familiar en estos casos.
Si un padre recién separado en España debe trasladarse a Francia o Alemania por cuestiones laborales y es responsable de la pensión por alimentos de sus hijos y su excónyuge, verá facilitada su situación al cumplir con sus obligaciones. El sistema SEPA, un estándar único para la identificación y validación de cuentas bancarias, no solo le exime de comisiones especiales en pagos realizados en cuentas extranjeras, sino que le permitirá mantener el mismo sistema de comisiones pactado con la entidad financiera de origen en un país europeo. En suma, podrá operar desde Francia con la misma cuenta que tenía en España y en iguales condiciones, lo que evitará que su traslado vuelva más oneroso el cumplimiento de sus obligaciones y más inexcusable su incumplimiento.
Otro caso es la domiciliación de recibos de distintos servicios de un país a otro. Este instrumento de adeudos domiciliados es una herramienta útil en el caso de divorcios internacionales europeos: cualquier servicio a cargo del responsable de una cuota alimenticia podrá devengarse de la cuenta personal que el cliente tenga en el país donde residan su excónyuge y sus hijos, sin comisiones ocultas ni extras y con seguridad sobre las fechas.
El peor supuesto en los divorcios internacionales es el de impago de las obligaciones alimenticias por parte de uno de los padres. Incluso algunos se mudan al extranjero para evitar cumplir con sus obligaciones. La distancia para realizar las reclamaciones, las competencias judiciales distintas, el acceso a las sentencias que obligan a alguna de las partes a pagar, la validez de las denuncias en un país extraño, entre otras, son algunas de las complicaciones que pueden surgir.
Una vez más, el proceso difiere entre países de la UE. Si bien esta no tiene competencias para legislar en materia de derecho de familia, como el divorcio, y las leyes nacionales regulan cada situación, sí ha habido una serie de acciones comunitarias para garantizar el derecho a la pensión de alimentos de los menores, el seguimiento de los casos y la ejecución de sentencias.
En primer lugar, la Red Judicial Europea en materia Civil y Comercial garantiza la cooperación judicial de los Estados miembros, ya que proporciona la ayuda para traslado de documentos, obtención de pruebas o comunicación de denuncias, lo que puede darse en un caso de impago de pensión, con posterior embargo.
Pero además, los estados de la UE han firmado convenios que han buscado garantizar el acceso a la pensión de alimentos. Es el caso del Convenio de La Haya sobre el Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y otros Miembros de la Familia. Gracias a estos protocolos, se han establecido algunas pautas claras que intentan garantizar los derechos de todas las partes.
En el caso de países terceros, también ha habido avances en materia de pensiones alimenticias, pero son recientes y serán de aplicación a partir de junio de 2013. La celebración de un convenio a este respecto firmado en abril reforzará las normas vigentes de la UE sobre el reconocimiento y la ejecución de resoluciones mencionadas sobre alimentos. Asimismo, mejorará la cooperación administrativa y judicial mediante la creación en la UE de un conjunto armonizado de normas respecto de los terceros países que se conviertan en partes contratantes del Convenio.

No hay comentarios:

Publicar un comentario