LEGALMENTE, podemos decir que quien paga la PENSION ALIMENTICIA, es el progenitor no custodio para contribuir a su mantenimiento y para compensar los cuidados que dia a dia le va a dedicar el progenitor custodio, y suele y tiene que ingresarla a principios de mes en la cuenta asignada por el progenitor custodio.
La PENSION DE ALIMENTOS debe pagarse todos los meses, de enero a diciembre, y normalmente entre los dias 1 y 5 de cada mes.
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